Más penas y, a la vez, más duras. Introducción de la libertad vigilada tras salir de prisión. Persecución de las protestas en las redes sociales por “incitación” al desorden público.

 

 

 

Más penas y, a la vez, más duras. Introducción de la libertad vigilada tras salir de prisión. Persecución de las protestas en las redes sociales por “incitación” al desorden público. Mayores castigos a reincidentes. El proyecto de modificación del Código Penal es un nuevo endurecimiento de la ley en uno de los países europeos con las tasas de criminalidad más bajas y que, sin embargo, mantiene una de las tasas de población reclusas más altas de Europa, según datos de la oficina estadística de la Comisión Europea (Eurostat).

 

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La reforma del Código Penal viene siendo muy cuestionada desde el ámbito judicial, con una amplia crítica a los puntos claves de una reforma aprobada por el Gobierno el pasado mes de septiembre y que se tramita actualmente en el Congreso de los Diputados. Un punto en especial atrae las quejas, la denominada prisión permanente revisable. Un concepto que ha generado numerosas objeciones entre los juristas y que indica una “dirección incorrecta” en materia judicial, según Xavier Badia, de la Comisión de Derechos Humanos de Justícia i Pau, asociación que ha organizado un debate alrededor de una reforma que presenta “unas características más graves y preocupantes que reformas anteriores en cuanto a la protección de los derechos humanos y la exigencia de reinserción social de los presos”

 

La reforma “no resuelve ningún problema del sistema penitenciario” e introduce “penas completamente disparatadas, en casos que ya son importantes, por lo que hay que prever un importante aumento de la población reclusa”, señala Marc García, profesor de Derecho Penal de ESADE, para el que el proyecto de Código Penal presentado por el ministerio de Justicia implica  “una regresión del sistema judicial a estadios anteriores al Código aprobado en 1995”. Al retorno al pasado se añade una “redacción desastrosa del proyecto, lo que implica una dificultad interpretativa enorme” para los juristas. García indica cinco rasgos básicos del proyecto de Código Penal para apoyar su definición del proyecto de ley como regresivo. La nueva ley vulnera el principio de intervención mínima, el principio de proporcionalidad de las penas y el principio de seguridad jurídica. A estas tres vulneraciones, se suma que los límites clásicos entre hurto, robo con fuerza y robo con violencia se difuminan, y conceptos como “profesionalidad” y “reincidencia” aparecen como “los principales criterios que informan la tipificación de estos delitos”.

 

La crítica se extiende a otros puntos de la reforma, como las medidas de seguridad posteriores a la condena, los artículos referidos al orden público y al delito de atentado a la autoridad y a la supresión de las faltas, “que se transforman en delitos leves y que no se sabe aún de que manera se solucionarán”, comenta el profesor de ESADE, que abunda en que la desaparición de las faltas, al convertirse el 60% de ellas en delitos y el resto en sanciones administrativas sin control judicial, “crea una situación que origina inseguridad jurídica. La mayoría de las faltas no se eliminan, se duplica o triplica su pena al convertirse en delitos leves o menos graves. Las que se despenalizan son las faltas que no se aplican y las que se aplican no se despenalizan”, concluye.

 

Para el profesor García este proyecto legislativo homologa los delitos contra el patrimonio a los homicidios con el redactado del artículo 235 -bis.1 y bis.2- que “engendra tres monstruos” al introducir 25 agravantes más y que puede significar que se acabe llegando a dictar una pena de ocho años de prisión por delitos que hasta este momento no son más que hurtos“Ven muchos peligros”, resume el jurista de un proyecto de Código Penal “lleno de casuísmos” y que podría ser anulado, ya que el Gobierno ha omitido para una parte importante de la reforma la petición de informes al Consejo General del Poder Judicial, al Consejo Fiscal y al Consejo de Estado, como han señalado varios de los expertos que han pasado por la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados desde el pasado mes de enero.

 

altEn el cuestionamiento del proyecto de ley del Código Penal coincide la profesora de Derecho Penal de la Universidad de Barcelona,  Ujala Joshi Jubert, que fue juez entre los años 2000 y 2005, y que califica la reforma de “muy desventurada y con una técnica legislativa nefasta”. Jubert considera que con la introducción de la prisión permanente revisable, figura ya existente en Estados Unidos y Alemania, “se rompe uno de los principios básicos del derecho penal, al liquidar la reinserción de los presos. Un cambio de paradigma en el tratamiento de los delincuentes peligrosos que liquida la función del estado social: la resocialización, los tratamientos, la rehabilitación y la libertad condicional”. Un cambio de modelos y de valores que supone el paso “al estado neoliberal, con su tolerancia cero, el internamiento indeterminado y la introducción de medidas una vez cumplidas las penas que provoca la estigmatización y la victimización de los exreclusos. De la corresponsabilidad del Estado pasamos a la única responsabilidad individual”.

 

La exmagistrada  liga el proyecto de ley impulsado por Ruiz-Gallardón a ese cambio de valores y al paso “de la seguridad de los derechos al derecho a la seguridad”, un camino que tiene su correspondencia en el proyecto de ley de Seguridad Ciudadana elaborado por el ministerio de Interior. Para Jubert, estas medidas implican que “se cambia libertad por seguridad, se abandonan derechos por la seguridad y se crea una nueva categoría: el delincuente peligroso de por vida”. Así, el objetivo de la resocialización de los reclusos se desdibuja y surge la segregación de la población exreclusa.

 

Sobre la prisión permanente revisable, los tres expertos coinciden en sus críticas: se amplía a gran número de delitos y los plazos de revisión de la condena son excesivos. En este sentido, Jubert explicó que en Alemania, así como en otros estados europeos, los plazos de revisión son de entre 15 y 20 años, mientras que en España serán de entre 25 y 35 años. Todo esto sin determinar en ningún caso las condiciones determinadas para extinguir la condena lo que “muestra falta de humanidad”. La profesora de la UB criticó también la libertad vigilada para las condenas de entre tres y cinco años, pero con posibilidad de prórrogas sucesivas de  otros cinco años más de duración, por lo que se sumaría una pena adicional que podría llegar a ser superior a la principal y, cuestión “grave, indeterminada en el tiempo”.

 

“El derecho penal es ideología”, indica Jubert que subraya que con la reforma “se pasa de juzgar hechos a juzgar personas”. Para la jurista esta reforma no se puede separar del momento social, político y económico que vive Europa y advierte, junto con Marc García, más rasgos preocupantes en un proyecto legislativo que, en relación, a las cuestiones de orden público introduce cambios en el delito de desórdenes, para los que no será preciso acreditar el daño efectivo, y añade como agravante, que se produzca en una reunión o manifestación. Una deriva preocupante que avisa que “no saben gobernar a personas libres -expresa García– y que certifica el proceso de exclusión social” de un nuevo Código Penal que  elevará las condenas por amenazas a policías en manifestaciones, ya que se castigará como atentado a la autoridad, sin necesidad de acreditar ningún daño. En esa “obsesión por la seguridad” el proyecto prevé penas de hasta seis años por protestar ante edificios como el Congreso de los Diputados, y prisión preventiva, por difundir y promover “protestas ilegales” a través de redes sociales. Para los dos profesores de Derecho Penal, la única intención de este proyecto es “criminalizar las protestas” y advierten también contra los intentos del Gobierno de limitar derechos cívicos básicos tales como los derechos de huelga, reunión y manifestación.

 

Los profesores de Derecho Penal previenen contra una consecuencia derivada de la entrada en vigor de un Código Penal que “aumentará el coste económico por el aumento de población reclusa”. El gasto por preso, según se señaló en la sesión de la Comisión de Justicia del pasado 18 de marzo, pasará de 63 a 100 euros, uno de los más altos de Europa, mientras en 2013, y según el presupuesto asignado a Instituciones Penitenciarias, elcoste anual por recluso alcanzó los 16.064 euros, unos 44 euros al día. Además, se aumentará la estancia media en prisión, que ya está en niveles que duplican a países como Italia o Francia.

 

El Gobierno prevé que el proyecto de ley del Código Penal, que endurecerá las penas por robo, desórdenes públicos y delitos sexuales y fija que los delincuentes sexuales podrán ser sometidos a libertad vigilada ilimitada, acabe su recorrido parlamentario a finales de este mismo año y que entre en vigor ya en 2015.

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