En un caso que ha reavivado el debate sobre la polarización ideológica en Cataluña, un joven de 28 años, identificado como Pau A. P., ha sido condenado por el Juzgado Penal número 4 de Barcelona por agredir a Aleix Abadia Huguet, un independentista catalán, en Sant Just Desvern en mayo de 2021. La sentencia, dictada el 29 de mayo de 2025, considera la agresión como un delito de lesiones con el agravante de discriminación por motivos ideológicos, contemplado en el artículo 22 del Código Penal español. Este caso no solo pone de manifiesto las tensiones entre sectores españolistas e independentistas, sino que también destaca las carencias institucionales a la hora de abordar la violencia motivada por el odio ideológico en la región.

Los hechos: una agresión en un contexto de polarización

El 17 de mayo de 2021, Aleix Abadia Huguet caminaba por un parque frente al Casal de Joves de Sant Just Desvern, en el área metropolitana de Barcelona, cuando fue interceptado por un grupo de jóvenes. Según la sentencia judicial, uno de ellos, Pau A. P., acusado de ser un ultra del RCD Espanyol, increpó a Aleix acusándolo de haber colocado pegatinas independentistas en su domicilio. Lo que comenzó como una discusión verbal escaló rápidamente a la violencia física, resultando en una fractura de nariz para la víctima.

El incidente no fue un hecho aislado. Según el testimonio de Aleix, el agresor formaba parte de un grupo españolista de extrema derecha que había estado activo en Sant Just Desvern entre 2017 y 2021, particularmente durante el periodo del referéndum soberanista del 1 de octubre de 2017. Este grupo, conocido localmente como «los del Casal de Joves», estaba compuesto principalmente por jóvenes que se habían conocido en el equipo de fútbol del pueblo y que, en muchos casos, formaban parte de facciones ultra de clubes como el FC Barcelona y el RCD Espanyol. Durante el referéndum, según Aleix, estos individuos se paseaban con banderas españolas por los colegios electorales, generando un ambiente de provocación y tensión.

La agresión a Aleix marcó un punto de inflexión tras años de enfrentamientos entre sectores ideológicos opuestos en la localidad. La sentencia establece que la violencia ejercida por Pau A. P. estuvo motivada por el rechazo a la ideología independentista de la víctima, lo que llevó a la aplicación del agravante de discriminación ideológica. Este tipo de agravante, regulado por el artículo 22 del Código Penal, se reserva para delitos cometidos por motivos racistas, antisemitas, antigitanos o cualquier forma de discriminación basada en la ideología, religión o creencias de la víctima.

La sentencia: multa, indemnización y prohibición de acercamiento

Tras un acuerdo entre la acusación, la Fiscalía y la defensa del agresor, la justicia dictó una sentencia que condena a Pau A. P. a seis meses de multa a razón de seis euros por día, lo que equivale a un total de 1.080 euros. Además, el agresor deberá indemnizar a Aleix con 5.710 euros por las lesiones físicas y los daños morales sufridos. La sentencia también prohíbe a Pau acercarse a menos de 300 metros de la víctima o contactarla por cualquier medio durante un año.

Si bien la condena representa un reconocimiento judicial de la naturaleza ideológica de la agresión, Aleix y diversos colectivos han expresado su decepción por la respuesta institucional, especialmente por parte del Ayuntamiento de Sant Just Desvern. En 2019, el consistorio, liderado por el PSC, había aprobado una moción antifascista en la que se comprometía a apoyar a las víctimas de agresiones motivadas por odio ideológico y a facilitar los medios necesarios para reparar los daños físicos y morales. Sin embargo, en este caso, el Ayuntamiento decidió no personarse como acusación, una decisión que Aleix considera una traición a los compromisos adquiridos.

El alcalde, Joan Basagañes, justificó la decisión argumentando que la moción estaba pensada para casos en los que las víctimas, por miedo u otras razones, no presentaran denuncia. Sin embargo, esta explicación ha sido criticada por contradecir la postura de la Fiscalía, que sí reconoció el componente ideológico del delito. Para Aleix, la respuesta del consistorio fue «totalmente insuficiente», limitándose a un apoyo verbal inicial sin acciones concretas para respaldar a la víctima o condenar públicamente la violencia ideológica.

Contexto: la polarización en Cataluña tras el 1-O

El caso de Sant Just Desvern no puede entenderse sin considerar el contexto político y social de Cataluña en los últimos años. Desde el referéndum del 1 de octubre de 2017, la región ha experimentado una polarización creciente entre sectores independentistas y españolistas. Este clima de tensión ha dado lugar a numerosos episodios de violencia, tanto verbal como física, en los que los símbolos —como banderas, lazos amarillos o pegatinas— han actuado como desencadenantes de conflictos.

En 2018, por ejemplo, un hombre fue condenado a dos años de prisión en Barcelona por agredir a una mujer de origen ruso que retiraba lazos amarillos en el parque de la Ciutadella, un acto motivado por prejuicios xenófobos e ideológicos. En otro caso, en 2019, un grupo de ultraderechistas atacó a un manifestante independentista en el barrio del Eixample, mientras que un ultra fue agredido por antifascistas en el mismo contexto. Estos incidentes reflejan cómo la polarización política ha permeado el espacio público, convirtiendo gestos cotidianos, como llevar una bandera o una sudadera, en potenciales motivos de confrontación.

En Sant Just Desvern, la actividad de grupos españolistas de extrema derecha se intensificó tras el 1-O. Según Aleix, los agresores no solo se limitaban a actos de provocación durante el referéndum, sino que también llevaban a cabo acciones intimidatorias, como la colocación de banderas españolas en espacios públicos o la confrontación directa con activistas independentistas. La falta de una respuesta contundente por parte de las autoridades locales, según el testimonio de la víctima, permitió que estos grupos operaran con relativa impunidad durante años.

El papel de los ultras en el conflicto ideológico

El hecho de que el agresor esté identificado como un ultra del RCD Espanyol pone de relieve el papel que los grupos de hinchas radicales han jugado en el contexto de la polarización catalana. Aunque los ultras suelen asociarse con la violencia en el ámbito deportivo, en Cataluña han encontrado un espacio para canalizar posturas políticas extremas, especialmente en el caso de los sectores españolistas. Grupos como los ultras del Espanyol o del Barça han sido señalados en múltiples ocasiones por su participación en actos de violencia ideológica, desde agresiones físicas hasta la intimidación de activistas.

En este sentido, el caso de Pau A. P. no es un fenómeno aislado, sino parte de una dinámica más amplia en la que los grupos ultras han actuado como agentes de confrontación en el conflicto político catalán. La sentencia, al incluir el agravante de discriminación ideológica, reconoce explícitamente que la agresión no fue un simple altercado, sino un acto motivado por el odio hacia las creencias políticas de la víctima. Este precedente judicial podría tener implicaciones significativas para futuros casos similares, especialmente en un momento en que los delitos de odio han aumentado en Cataluña. En 2021, los Mossos d’Esquadra registraron un incremento del 26% en las denuncias por delitos de odio y discriminación en comparación con el año anterior.

Reacciones y críticas a la respuesta institucional

La condena de Pau A. P. ha generado reacciones encontradas. Por un lado, la sentencia ha sido vista como un paso adelante en la lucha contra la violencia ideológica, al reconocer explícitamente el componente discriminatorio del delito. Sin embargo, tanto Aleix como diversos colectivos antifascistas han criticado la tibieza de la respuesta institucional, especialmente por parte del Ayuntamiento de Sant Just Desvern. La decisión de no personarse como acusación, a pesar de la moción antifascista de 2019, ha sido interpretada como una falta de compromiso con las víctimas de la violencia ideológica.

Además, algunos sectores han señalado que la multa de 1.080 euros y la indemnización de 5.710 euros son insuficientes en comparación con la gravedad de las lesiones físicas y el impacto psicológico sufrido por la víctima. Aleix, en declaraciones a La Directa, expresó su frustración por la falta de apoyo institucional y la sensación de que las autoridades locales minimizaron el componente ideológico del ataque.

Implicaciones para el futuro

La condena de Pau A. P. representa un hito en la judicialización de los delitos de odio motivados por la ideología en Cataluña. Sin embargo, también pone de manifiesto los desafíos pendientes en la lucha contra la polarización y la violencia. La falta de una respuesta institucional clara y contundente, tanto a nivel local como autonómico, ha alimentado la percepción de que las víctimas de agresiones ideológicas no siempre reciben el apoyo necesario.

En un contexto en el que la ley de amnistía, aprobada en 2024, busca la reconciliación social tras años de conflicto político, casos como el de Sant Just Desvern plantean preguntas sobre cómo abordar los actos de violencia cometidos por sectores de «ideología antagónica». Algunos abogados han argumentado que la amnistía debería aplicarse también a agresores de extrema derecha para garantizar la igualdad y promover la reconciliación, aunque esta propuesta sigue siendo objeto de debate.

En conclusión, la condena a un ultra del Espanyol por agredir a un independentista catalán en Sant Just Desvern no solo refleja las profundas divisiones ideológicas en Cataluña, sino que también subraya la necesidad de una respuesta institucional más sólida frente a la violencia motivada por el odio. Mientras las heridas del conflicto político siguen abiertas, casos como este recuerdan la importancia de abordar las causas estructurales de la polarización para construir una convivencia pacífica en la región.

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Este artículo ha sido redactado y/o validado por el equipo de redacción de Revista Rambla.

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