Dentro de las reformas político-jurídicas sobre Malversación que pretende la actual Coalición, ha surgido una nueva propuesta relativa al enriquecimiento ilícito como figura penal.

Ambos términos arriba citados, y la proximidad de sus significados, no justifica en nuestra opinión la presentación de una Enmienda “A MEDIDA”, y que pudiera dar lugar que su propuesta, pudiera significar intromisiones legislativas, igual que antecedentes anteriores recientemente conocidos, y condujeran, a nuevos enfoques destinados a crear posibles confusionismos llegados el momento.

¿Se esperaría a momentos de conveniencia política futura con ambigüedades para los objetivos en cartera?

Nuestra Jurisprudencia, docta en sabiduría, precisa cuando es de menester, mostrando tanto a la Administración como a ciudadanos, el procedimiento adecuado a seguir dentro de los Principios Generales del Derecho.

No vamos a aburrir a nuestros lectores, reflejando Sentencias del Tribunal Supremo. Únicamente citaremos sus fechas (12.09.2005) y (06.02.2006), reiterando ambas, fundamentos basados en Principios y Requisitos de una trayectoria histórica de antigua y de rancia resonancia hasta la legislación actual.

…se produce un resultado por virtud del cual una persona se enriquece a expensas de otra que, correlativamente, empobrece, careciendo de justificación o de causa que lo legitime, de tal manera que surge una obligación cuya prestación tiende a eliminar el beneficio del enriquecimiento indebido.

Su sentido técnico-jurídico es correcto y preciso dentro del contexto de la sociedad, y no justifica ningún tipo de cambio que pudiera dar lugar a otras soluciones interesadas, ya que el valor, doctrinal expuesto, se encuentra basado en que dichos ciudadanos observan, con frecuencia, distintas contingencias cercanas más a un tráfico de supervivencias políticas que al interés general qué debe dispensar un Gobierno.

El autor ha contribuido con su modesta Tesis Doctoral a la lucha contra la corrupción en sus mil y una formas, manifestando que también existe un amplio número para combatirla, sin que suelan prodigarse como muestra de regeneración política suficiente.

A este paso, en que a diario lloramos a nuestros habituales muertos, llegará también el momento en “que probablemente acabemos llorando cuando los hombres nazcan y no cuando mueren.” (Montesquieu, lettres persanes, XL), sobre todo en lo que aún falta de tiempo para continuar por la senda de los desatinos.

Articulista en Revista Rambla | Web

Doctor en Derecho por la U.C.M. (Cum Laude). Licenciado en Derecho. Licenciado en Ciencias Políticas. Caballero de Mérito de la Real Orden (Noruega).

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