altLos jueces consideran que los procesados ejercían un derecho fundamental y responsabilizan a los Mossos d’Esquadra de la “confrontación” de diputados con manifestantes por el diseño del cordón de seguridad.

 

 

 

La Audiencia Nacional ha absuelto a 19 de los 20 acusados de un delito contra las instituciones del Estado en relación con la protesta antirecortes realizada ante al Parlament catalán el 15 de junio de 2011. Sólo uno de ellos ha sido condenado a una falta de daños por haber pintado con espray una cruz en la espalda a la diputada autonómica del PSC Montserrat Tura. La pena, de cuatro días de localización permanente, se le conmutará por el día que estuvo privado de libertad.

 

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La sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia que cuenta con el voto particular discrepante de su presidente, Fernando Grande-Marlaska, que considera que 10 de los acusados habrían incurrido en un delito contra las instituciones del Estado, y en el que demanda elevar de falta a un delito de daños las pintadas contra los diputados.

 

La Audiencia considera que los procesados ejercían un derecho fundamental, y que protestaban ante los parlamentarios, por lo que los absuelve de las acusaciones ya que ejercían el derecho de protesta ante sus representantes. Y aunque las acciones identificadas, sostiene la sentencia, tenían “un cierto significado de exceso o abuso del derecho de manifestación“, en definitiva no eran más que conductas “conectadas con el derecho de protesta que allí se ejercitaba“. El tribunal considera que la libertad de expresión y el derecho de reunión prevalece en este caso, ya quegozan de una posición preferente en el orden constitucional, por lo que han de ser objeto de una especial protección y necesitan de un amplio espacio exento de coacción“. Según la sentencia, “las conductas estaban destinadas a reivindicar los derechos sociales y los servicios públicos frente a los recortes presupuestarios y a expresar el divorcio entre representantes y representados“. “Todos ejercieron el derecho fundamental de manifestación, sin que pueda imputárseles acto alguno que pudiera significar un exceso o abuso“, recoge el escrito de absolución que incide en las dificultades de acceso al espacio público y que por ello amplios sectores de la sociedad tienenuna gran dificultad para hacerse oír o para intervenir en el debate político y social”.

 

La sentencia también sostiene que muchos de los acusados no pueden ser identificados con los hechos que les atribuyen las acusaciones. Como por ejemplo, en el incidente con el vehículo en el que viajaba el presidente de la Generalitat, Artur Mas: “Los vehículos no llevaban distintivo, por lo que los manifestantes no podían saber si se trataba del presidente o de otra autoridad“, indica la sentencia.

 

En este sentido, el fallo culpa a la conselleria de Interior y a los mandos policiales de que los magistrados tuvieran que encontrarse con los manifestantes. “El dispositivo de seguridad dejó abierta la puerta para que entraran los parlamentarios. Por lo tanto, no fueron los manifestantes quienes obstruyeron diversas vías de acceso, como se dice en los escritos de acusación (…) Sin que la autoridad gubernativa adoptara hasta bien entrada la mañana la medida de levantar un cordón policial par permitir el tránsito de personas hacia el parlamento, los manifestantes se concentraron en la puerta 7, única vía abierta, y la confrontación de los diputados con ellos se hizo inevitable”, expresa la sentencia.

 

Por otra parte, el retraso de 11 minutos en la sesión en la que el Parlament aprobó los recortes -motivo de la protestasólo obligó a modificar el orden del día. “Por lo tanto, no es correcto -como proponen las acusacionesen sus conclusiones definitivas, que la sesión una vez iniciada debió suspenderse durante media hora. Sencillamente, se alteró el orden del día“, recoge el fallo.

 

Este segundo cerco al Parlament acaba, como el primero, sin condenas. El primer cerco, el 30 de mayo de 1984, poco recordado aunque con similitudes en la utilización política, no fue considerado un “asedio” ni un “asalto a las instituciones”, si no como una manifestación “patriótica” ante el cariz que presentaba el caso de Banca Catalana, tal y como recogen las hemerotecas: “El Gobierno de Madrid ha realizado una acción indigna contra Cataluña“, afirmó Jordi Pujol desde el balcón principal del Palau de la Generalitat ante miles de personas -75.000 según la Guardia Urbana y 300.000 según los organizadores-, que se agolpaban en la plaza de Sant Jaume de Barcelona para protestar por la querella presentada contra él y otros 24 ex directivos de Banca Catalana. “En adelante“, añadió Pujol, “de ética y de moral hablaremos, nosotros. Ellos no podrán“, (El País, 31/05/1984). Y sigue en el mismo diario: “Mientras se celebraba la votación, unas 50.000 personas se habían congregado ante el edificio que acoge a la cámara legislativa catalana. Pujol dijo a los manifestantesPodéis estar orgullosos, habéis hecho lo que teníais que hacer en este momento histórico para Cataluña: movilizaros pacífica y cívicamente, a la catalana“. “Y lo importante“, añadió, “es que lo habéis hecho hoy, como lo podréis hacer mañana y cuando sea necesario“. “Estad seguros de una cosa, catalanes: podéis estar orgullosos de vuestro Parlament, porque en un día como hoy ha sabido dar la respuesta necesaria“, agregó. Después de cantar el himno nacional de Cataluña, Pujol terminó su alocución diciendo quehoy hemos hecho una cosa bien hecha, de la que hablará la historia. Porque habéis realizado, no lo dudéis, un acto histórico“. Treinta años después no se ha avanzado demasiado ni en el discurso ni en los hechos, porque ese 30 de mayo fueron los diputados socialistas el objetivo principal de las protestas y de los zarandeos e insultos.

 

A todo esto y volviendo al cerco del 15 de junio de 2011, la Fiscalía pedía cinco años y medio de cárcel para los acusados por un delito contra las altas instituciones del Estado en concurso con otro de atentado a la autoridad. El Parlament de Catalunya, el Govern y el sindicato ultra Manos Limpias -extraños compañerosejercieron la acusación particular. Este último solicitaba penas que superaban los ocho años de prisión. La Fiscalía y la Generalitat ya han anunciado su intención de recurrir la absolución de los procesados.

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