La jueza de primera instancia de Barcelona, Ana Beatriz Flores, ha acordado el desalojo del espacio social okupado La Rüina en la Bonanova, al no quedar acreditada la vinculación de las personas que conviven en él con el edificio.

La fecha en que se procederá al desahucio, instado por la propietaria de la finca, de la Sareb (el banco público de activos inmobiliarios tóxicos) todavía está por concretar y se fijará desde el Servicio Común de Actuaciones Civiles. La ocupación de este inmueble provocó movilizaciones ciudadanas a favor y en contra.

La Ruïna lleva años ocupado junto al edificio adjunto El Kubo. Ambas casas, por las que han pasado grupos itinerantes de ‘squatters’ desde el año 2016, se convirtieron en munición electoral en vísperas de la campaña, cuando los alcaldables de PP, Valents y Ciutadans acudieron a la plaza Bonanova a hacer electoralismo.

La empresa de desalojos extrajudiciales Desokupa, vinculada a la extrema derecha, amenazó que echaría a los inquilinos por la fuerza. La Sareb, propietaria de ambas casas ocupadas, ha solicitado a los juzgados de Barcelona el desahucio del inmueble: la justicia ordenó el pasado mes de marzo el desalojo de El Kubo, que se aplazó por falta de medidas de seguridad, y ahora deberá decidir si ejecuta el de La Ruïna.

La vista se celebró el pasado 24 de mayo en el Juzgado de Primera Instancia número 39 de Barcelona, durante la misma, la representación legal de los inquilinos alegó que la Sareb no tiene legitimación para poder instar al desalojo, puesto que no es la propietaria de todo el inmueble: casi un 40 % pertenece a dos sociedades que no están personadas en el procedimiento.

Por su parte, la Sareb, que ya ha reclamado el desalojo cautelar del edificio en tres ocasiones por considerar que acarrea problemas de orden público y peligrosidad, argumentó que no se está respetando el derecho de propiedad reconocido en el registro y ha instado de nuevo a desahuciar el edificio.

La sentencia condena a los ocupantes del edificio a «cesar inmediatamente» en «cualquier acto de perturbación de la posesión» de la finca titularidad de la Sareb, así como abandonar el edificio situado en la calle Sant Joan de la Salle 2-4, dejándolo «libre» a disposición del banco público. La jueza advierte que en el caso de que se haga caso omiso a esta decisión, se procederá al desalojo.

La togada desestima la petición de la representación de los inquilinos a que se destinara el inmueble a ofrecer alquiler social, al considerar que no se cumplen los requisitos de la normativa de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda.

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