El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, ha admitido a trámite los recursos presentados contra el juicio del procés por los nueve líderes independentistas condenados.

El Tribunal junta los nueve recursos que alegan vulneración de derechos fundamentales y da al gobierno español un plazo hasta el 12 de enero para que presente alegaciones y responda una lista de hasta seis preguntas sobre si se han vulnerado siete derechos fundamentales.

El Tribunal Supremo hizo pública su sentencia por los hechos del 1-O hace cerca de cuatro años. Condenaba a Oriol Junqueras, Carme Forcadell, Raül Romeva, Jordi Turull, Jordi Sànchez, Josep Rull, Dolors Bassa, Joaquim Forn y Jordi Cuixart. Todos ellos recibieron penas de prisión de entre 9 y 13 años.

El tribunal descarta más de un 90% de los recursos

La admisión a trámite de los recursos es un paso importante, porque más de un 90% de los que llegan a Estrasburgo se acaban descartando.

El primer recurso de la sentencia del procés que llegó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos fue el de quien fue presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart. Fue en junio de 2021. Poco después lo hicieron el resto de líderes independentistas condenados.

¿Qué ha decidido el TEDH?

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha decidido dos cosas. Además de agrupar los nueve recursos en una sola causa, la corte deja por escrito las preguntas que quiere que responda la parte demandada: el estado español.

Son seis cuestiones en torno a supuestas vulneraciones de hasta siete derechos fundamentales. El estado español deberá responder si tuvieron un juicio justo y si fueron condenados por un delito bien definido, algo que los demandantes creían que no se cumplía con la derogada sedición.

También sobre si se les privó de libertad de forma indebida y si se vulneraron sus derechos de expresión y de reunión.

Incluso, se incluye una pregunta que abre la puerta a estudiar si hubo represión política.

El estado español puede responder hasta el 12 de enero. Y a partir de estas respuestas, el Tribunal de Estrasburgo decidirá si el caso avanza hacia el juicio.

Revisión de las condenas

El pasado mes de febrero, el Supremo revisó las condenas de los nueve líderes independentistas a raíz de la reforma penal que eliminó el delito de sedición y modificó el de malversación. En concreto, se mantuvo la inhabilitación de Junqueras, Bassa, Romeva y Turull y dejó sin efecto al resto.

Esta revisión se limitó a las penas de inhabilitación, porque las de prisión fueron indultadas por el gobierno en junio de 2021, cuando los líderes independentistas ya llevaban más de tres años en prisión.

Hace apenas unos días, Junqueras, Romeva y Bassa pidieron la revisión de la condena para el 1 de octubre y presentaron un recurso de amparo al Tribunal Constitucional.

Los republicanos consideran que no se les ha aplicado la ley vigente de manera beneficiosa tras la reforma del Código Penal, al mantener la malversación, un delito que las defensas cuestionan porque no ha habido corrupción.

 

Este artículo ha sido redactado y/o validado por el equipo de redacción de Revista Rambla.

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