La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido ordenar la retirada del escaño a la presidenta suspendida del Parlament, Laura Borràs, tras desestimar las alegaciones de la también líder de Junts per Catalunya (JxCat).

La JEC ha tomado la decisión en la reunión de este miércoles y comunicará mañana a la expresidenta de la cámara catalana que queda inhabilitada para seguir siendo diputada.

La decisión del árbitro electoral se produce después de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) haya condenado a Borràs a cuatro años y medio de prisión y trece de inhabilitación por falsedad en documento oficial y prevaricación, en una sentencia que no es firme y está recurrida en el Tribunal Supremo (TS).

En la reunión de la JEC mantenida el jueves 13 de abril, el árbitro electoral no resolvió sobre la posibilidad de retirar el escaño a Borràs y dio diez días a la vicepresidenta primera de la cámara catalana, Alba Vergés, para comunicarle «las decisiones, resoluciones o cualquier otra medida» que el Parlament «ha podido adoptar en relación con este asunto» así como las alegaciones que quiera formular.

Se trata del mismo procedimiento que siguió la JEC antes de ordenar retirarle el escaño al exdiputado de la CUP Pau Juvillà. Finalmente, el árbitro electoral ordenó retirarle, tal y como ya había hecho con el expresidente de la Generalitat Quim Torra.

Pensión vitalicia

Pese a la suspensión, Laura Borràs, se ha asegurado la pensión vitalicia pese a la sentencia judicial por corrupción, siempre que no prospere algunas de las proposiciones de ley presentadas por PSC, Vox, Ciutadans o los Comunes que proponen modificar la legislación.

La también presidenta de Junts fue elegida el 12 de marzo de 2021 en segunda votación con 64 votos a favor (Esquerra y Junts) y la abstención de la CUP y se ha quedado sin escaño a fecha de hoy, 4 de mayo de 2023, tras la decisión de la Junta Electoral.

La Ley 2/1988, de 26 de febrero, sobre asignaciones temporales y pensiones a los presidentes del Parlament, establece, en su artículo 2, que los expresidentes “que han ejercido el cargo durante dos años como mínimo cuando llegan a la edad de 65 años tienen derecho a percibir una pensión vitalicia”.

Dicha pensión es el 40% de «la retribución mensual que corresponda al ejercicio de los cargos». El sueldo del presidente o presidenta del Parlament es de 155.000 euros, superior incluso al del presidente de la Generalitat (130.000). Aragonès bajó el sueldo cuando llegó al cargo en el 2021.

Borràs tiene derecho también, según el artículo 1 de la misma ley, a una asignación mensual durante el mismo tiempo que ha estado en el cargo «y como máximo durante veinticuatro mensualidades». La asignación, en este caso, es «el equivalente al 80% de la retribución mensual».

Este artículo ha sido redactado y/o validado por el equipo de redacción de Revista Rambla.

Comparte: