altAGBAR se hace con el servicio de aguas del área metropolitana de Barcelona en condiciones sospechosas

 

 

 

 

 

En julio de 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró «el acceso al agua potable limpia y segura y al saneamiento como un derecho humano esencial para el pleno disfrute del derecho a la vida«. Por supuesto, si del espíritu a la letra ya median sutiles diferencias que condicionan una u otra redacción, qué no ocurrirá de la letra al hecho, cuando se cae en la contradicción de que las entidades garantes de los derechos esenciales hacen omisión de su deber en aras de intereses privados. Así ocurre –o fundados indicios así lo sugieren– en el servicio de provisión de agua potable de la conurbación de Barcelona.

 

alt

 

El Área Metropolitana de Barcelona (AMB) es un consorcio supramunicipal encargado de prestar servicios a 36 localidades de la conurbación barcelonesa, donde habitan tres millones y medio de personas. Entre sus obligaciones figura el abastecimiento de agua potable y el saneamiento de aguas residuales, que ha sido concedido a una sociedad de economía mixta (SEM) formada por la propia AMB y la empresa privada Societat General Aïgues de Barcelona (SGAB), perteneciente al Grupo AGBAR (filial de la multinacional francesa Suez Environament). A la sazón, SGAB es la accionista mayoritaria de la SEM, puesto que posee el 85 % de su capital; por tanto, más que una cooperación entre sociedades se trata de una venta descarada, y con ciertas prebendas de dudosa legalidad.

 

Una adjudicación a dedo

 

El pasado mes de febrero, la plataforma ciudadana Aigua és Vida denunció ante la Oficina Anifraude de Cataluña que la adjudicación se realizó sin proceso de licitación pública. De hecho, y previamente a la creación de la SEM, SGAB ya operaba el servicio en la mayor parte de los términos del área metropolitana… pero sin ningún título de concesión oficial por parte de la AMB.

 

En el presente mes de marzo, la Oficina Antifraude respondió a la denuncia de Aïgua és Vida con una declaración pública y un informe de recomendaciones; del segundo, remitido a la AMB, no se conoce aún el contenido.

 

Por lo que respecta a la respuesta recibida por la plataforma denunciante, la Oficina Antifraude señala que la adjudicación a dedo del socio privado en la empresa mixta es “cuestionable desde la correcta gestión de los intereses generales”, y que “no se justifica suficientemente la imposibilidad de promover la concurrencia”, mediante el debido concurso público, de otros socios privados, puesto que, se advierte, “la adjudicación directa de contratos públicos tiene un carácter totalmente excepcional”. Cuando esto ocurre, prosigue la Oficina Antifraude, debe justificarse “sólidamente” mediante un análisis técnico y económico que demuestre “la inviabilidad técnica o el coste superior” de una adjudicación por concurso público.

 

En suma, pueden darse circunstancias extraordinarias para adjudicar un servicio por la vía de urgencia, sin concurso público, pero solo en casos muy contados –de hecho, no se determinan cuáles– y por supuesto en nada relacionados con la situación del servicio previa a la creación de la SEM. Aïgua és Vida insiste en que la AMB jamás ha dado explicaciones acerca de la supuesta excepcionalidad de circunstancia alguna.

 

Encareciendo la factura

 

En las condiciones contractuales de la cesión del servicio a la SEM, la AMB se reservó el cobro de un canon de 20 millones de euros. Esa cantidad, por supuesto, será grabada por la empresa concesionaria a todos los ciudadanos del área metropolitana, a través de un recibo del agua artificialmente encarecido. El canon, insiste Aïgua és Vida, no responde a ningún gasto necesario para el suministro, sino a la simple imposición de la entidad metropolitana.

 

Con respecto a este gravamen, la Oficina Antifraude cuestiona tanto el concepto como el fin, e incluso sugiere que podría tratarse de una forma de previsión disimulada de malas expectativas de negocio.

 

En una línea argumental similar, los responsables autonómicos de la lucha contra el fraude cuestionan el canon de conocimiento (knowhow) de cinco millones que AGBAR impone a la SEM por transferencia de tecnología, puesto que “podría producir una situación de enriquecimiento injusto de AGBAR, que vería doblemente retribuida su capacidad gestora”.

 

Un idilio contractual

 

En cuanto al resto de condiciones contractuales por las que se fundó la SEM, la Oficina Antifraude señala la “asimetría de posiciones en la negociación”. Según la misma fuente, AGBAR poseía mucha más información y recursos que la AMB, que asumió acríticamente las propuestas de su socio privado. Las autoridades metropolitanas no evaluaron la posibilidad de licitar el contrato, “ni se llevó a término, sin ninguna vinculación con el grupo AGBAR, un análisis exhaustivo y en profundidad de los aspectos económicos principales de la operación contractual considerada”.

 

Al parecer, los máximos responsables de la AMB tenían una fe ciega en el buen criterio de AGBAR. No solo le evitaron el mal trago de vérselas con contrincantes en un concurso público limpio, también aceptaron sin rechistar las condiciones económicas con las que su socio les garantizó un feliz negocio en común. Ya quisieran muchos cónyuges conquistar de tal modo la voluntad de su pareja.

 

¿Contabilidad creativa?

 

También han sido analizados los activos que aporta AGBAR a la SEM, valorados en 476,5 millones de euros y, al parecer, objeto de ese arte que ha dado en llamarse contabilidad creativa. Para la Oficina Antifraude, “parece veraz la tesis de Aigua és Vida según la cual el método empleado en la valoración de los activos distorsiona sustancialmente el resultado final obtenido”, y añade que “resulta especialmente significativa la brevedad y pobreza de justificación, así como el déficit evidente en la fiscalización del expediente por la Intervención de la AMB”. Finalmente, el órgano antifraude señala que la compra por parte de la AMB de activos de AGBAR por valor de 190 millones de euros resulta igualmente cuestionable, y que “la fiscalización del expediente considerado presenta deficiencias muy significativas”.

 

Según Aïgua és Vida, el resultado de la adjudicación del servicio metropolitano de aguas a la nueva SEM supondrá un coste adicional para la ciudadanía de 124 euros por familia y año durante los próximos 35 años.

   

El caso de la SEM metropolitana no representa la primera ocasión en que el Grupo AGBAR es cuestionado en sus prácticas empresariales. La corporación se ha visto implicada en delitos de sobornos y tráfico de influencias incluidos en los sumarios de los casos Pokémon y Manga, ambos por corrupción política. También se han dado casos de irregularidades en adjudicaciones vinculadas a AGBAR en Murcia, Gandía, Madrid, León, Vigo –junto con el caso Pato– y Torredembarra (Tarragona), con detenidos, imputados y procesos abiertos en todas esas localidades. Malos precedentes sumados a trámites oscuros, y dinero público a la postre concedido a manos que parecen muy poco fiables.

Comparte:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.